Conclusiones de 7 de febrero de 2013. Libre circulación de los trabajadores. No es discriminatoria la exigencia de residencia para percibir la ayuda económica para estudios superiores.

Tipo: Conclusiones
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Nacionales de la Unión Europea
Fecha: 07/02/2013
Número de recurso: C-20/12
Comentario:

Conclusiones de 7 de febrero de 2013. Abogado General Sr. Paolo Mengozzi. Asunto C‑20/12. Elodie Giersch, Benjamin Marco Stemper, Julien Taminiaux, Xavier Renaud Hodin, Joëlle Hodin contra  État du Grand-Duché de Luxembourg. Petición de decisión prejudicial planteada por el tribunal administratif du Grand-Duché de Luxemburgo (Luxemburgo). Libre circulación de los trabajadores. Igualdad de trato. Ventajas sociales. Ayuda económica para estudios superiores. Requisito de residencia. Discriminación indirecta. Objetivo de incrementar la proporción de las personas que poseen un título de educación superior. Carácter apropiado y proporcionado del requisito de residencia. 

A la luz de las consideraciones anteriores, propongo al Tribunal de Justicia que responda a la cuestión planteada por el tribunal administratif du Grand-Duché de Luxembourg del modo siguiente:

  • «El objetivo de aumentar el porcentaje de residentes que posee un título superior constituye un objetivo legítimo que puede justificar, a la luz del artículo 7, apartado 2, del Reglamento (CE) núm. 1612/68, de 15 de octubre de 1968, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de Comunidad, y del artículo 45 TFUE, una discriminación indirecta. Corresponderá al órgano jurisdiccional remitente comprobar, tras haber apreciado todos los elementos pertinentes necesarios a dicho fin, y en particular aquellos sobre los que se ha llamado su atención supra, que el requisito de residencia exigido por la Ley de 26 de julio de 2010 a los hijos de trabajadores fronterizos que solicitan una ayuda para estudios superiores es apropiado y no va más allá de lo que es necesario para alcanzar el objetivo perseguido».

Procedimiento:

Noticia relacionada:

  • Luxemburgo puede supeditar al requisito de residencia el pago de la ayuda para estudios superiores a los hijos de trabajadores fronterizos.

Jurisprudencia citada:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León