STJUE (Sala Quinta) de 12 de diciembre de 2013. Se vulnera la igualdad de trato si las ventajas en materia de renumeración y condiciones de trabajo solo benefician a los trabajadores casados y excluye a las parejas registradas.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Nacionales de la Unión Europea
Fecha: 12/12/2013
Número de recurso: C-267/12
Comentario:

STJUE (Sala Quinta) de 12 de diciembre de 2013. Asunto C-267/12. Frédéric Hay y Crédit agricole mutuel de Charente-Maritime et des Deux-Sèvres. Directiva 2000/78/CE. Igualdad de trato. Convenio colectivo que reserva una ventaja en materia de remuneración y de condiciones de trabajo a los trabajadores que contraen matrimonio. Exclusión de las parejas que han celebrado un pacto civil de convivencia por el que se crea una pareja de hecho registrada. Discriminación basada en la orientación sexual.

En virtud de todo lo expuesto, el Tribunal de Justicia (Sala Quinta) declara:

  • “El artículo 49 TFUE debe interpretarse en el sentido de que se opone a la aplicación de la normativa fiscal de un Estado miembro, como la discutida en el contencioso principal, cuyo efecto es privar a una pareja residente en ese Estado, y que percibe rendimientos a la vez en dicho Estado y en otro Estado miembro, del beneficio efectivo de una ventaja fiscal determinada, a causa de sus modalidades de imputación, siendo así que esa pareja se habría beneficiado de ella si el cónyuge que obtiene mayores rendimientos no percibiera la totalidad de éstos en otro Estado miembro”.

Procedimiento:

Normativa alegada:

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