Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección 10ª) de 24 de julio de 2015. Confirma en apelación la sanción de multa. Límites del recurso de apelación. Principio de congruencia. No se desconoce por parte del Tribunal la STJUE de 23 de abril de 2015.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunales Superiores de Justicia
Materia: Expedientes sancionadores (retorno, devolución, multa o expulsión)
Fecha: 24/07/2015
Número de recurso: 349/2015
Ponente: Dña. Mª. del Camino Vázquez Castellanos
Sentencia: 525/2015
Fuente: Cendoj
Comentario:

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección 10ª) de 24 de julio de 2015. Confirma en apelación la sanción de multa. Límites del recurso de apelación. Principio de congruencia. No se desconoce por parte del Tribunal la STJUE de 23 de abril de 2015.

Fundamentos de Derecho:

  • "Cuarto. El recurso de apelación que analizamos ha sido únicamente interpuesto, como sabemos, por el Abogado del Estado, habiéndose aquietado al mismo el recurrente quien expresamente en su recurso de oposición al recurso de apelación ha solicitado la confirmación de la sentencia de instancia sin cuestionar, en absoluto, la sanción de multa que ha sido acordada en virtud de la sentencia apelada. En su escrito de oposición expresa claramente que no se apela la sentencia dado que se considera plenamente válida, por lo cual, tampoco discute ni cuestiona la imposición de una sanción como consecuencia de haber incurrido en la comisión del hecho típico por el que fue sancionado, representado por la estancia irregular en España, por lo que, teniendo en cuenta la naturaleza del recurso de apelación procede confirmar la Sentencia de instancia.
    Este Tribunal no desconoce el contenido de la Sentencia recientemente dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Cuarta) de 23 de abril de 2015 , al resolver la cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, mediante Auto de 17 de diciembre de 2013 , pero debemos de tener en cuenta los límites dentro de los cuales se desenvuelve el recurso de apelación el cuál, como más arriba hemos dicho, ha sido interpuesto únicamente por el representante de la administración pública, habiéndose centrado la presente sentencia en los motivos impugnatorios alegados porvenir así impuesto por el principio de congruencia".

Fuente: Poder Judicial.es.

Otras decisiones dictadas juez magistrada:

  • STSJ Madrid 12.11.2012. Sustitución de expulsión por multa de 600 euros.
  • STSJ Madrid 01.03.2013. Suspensión de sanción de expulsión.
  • STSJ Madrid 04.07.2013. Hechos o circunstancias que constituyen causa y motivación suficiente para justificar la imposición de la sanción de expulsión, en vez de la de multa.
  • STSJ Madrid 04.07.2013. La expulsión del territorio español, como sanción más grave y secundaria precisa de una motivación.
  • STSJ Madrid 03.09.2014. Autorización de residencia inicial por motivos excepcionales de arraigo familiar.
  • STSJ Madrid 02.10.2014. Representación no obligatoria del letrado de oficio.
  • STSJ Madrid 12.03.2015. Sustitución de la expulsión por la multa a un progenitor con dos hijos de nacionalidad española. 
  • STSJ Madrid 28.07.2015. Revoca expediente de expulsión a residente de larga duración con hijo menor de nacionalidad española.
Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León