STJUE (Sala Cuarta) de 23 de abril de 2015. La normativa española vulnera la legislación de la UE al sustituir la expulsión por una multa.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Expedientes sancionadores (retorno, devolución, multa o expulsión)
Fecha: 23/04/2015
Número de recurso: Asunto C-38/14
Comentario:

STJUE (Sala Cuarta) de 23 de abril de 2015. Asunto C 38/14, Subdelegación del Gobierno en Gipuzkoa y Samir Zaizoune. Procedimiento prejudicial. Espacio de libertad, seguridad y justicia. Directiva 2008/115/CE. Normas y procedimientos comunes en materia de retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular. Artículos 6, apartado 1, y 8, apartado 1. Normativa nacional que, en caso de situación irregular, impone, dependiendo de las circunstancias, o bien una sanción de multa, o bien la expulsión

En virtud de todo lo expuesto, el Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) declara:

  • "La  Directiva 2008/115/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, relativa a normas y procedimientos comunes en los Estados miembros para el retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular, en particular sus artículos 6, apartado 1, y 8, apartado 1, en relación con su artículo 4, apartados 2 y 3, debe interpretarse en el sentido de que se opone a la normativa de un Estado miembro, como la controvertida en el procedimiento principal, que, en caso de situación irregular de nacionales de terceros países en el territorio de dicho Estado, impone, dependiendo de las circunstancias, o bien una sanción de multa, o bien la expulsión, siendo ambas medidas excluyentes entre sí".

Procedimiento:

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Pautas interpretativas:

  • Circular 43/2015, Subcomisión de extranjería del Consejo General de la Abogacía Española, argumentario a la Sentencia de 23 abril 2015 del TJUE.

 

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