Convención contra el dopaje.

Tipo de Legislación: Organizaciones Internacionales
Tipo de Acto: Tratados multilaterales
Fecha: 16/11/1989
Comentario:

Texto enmendado del Anexo al Convenio contra el dopaje, hecho en Estrasburgo el 16 de noviembre de 1989, cuyas Enmiendas fueron adoptadas en Estrasburgo el 4 de noviembre de 2017.

  • Enmienda al Anexo del Convenio contra el dopaje del Consejo de Europa, relativo a la lista de sustancias y métodos prohibidos de 2020 (BOE, 30.12.2019). El presente Anexo Enmendado entrará en vigor de forma general y para España el 1 de enero de 2020, de acuerdo con el párrafo 1.b) del artículo 11 del Convenio.
  • Texto completo (BOE, 17.09.2018). El presente Anexo Enmendado entró en vigor de forma general y para España el 1 de enero de 2018, de acuerdo con el párrafo 1 b) del artículo 11 del Convenio.

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Normativa básica sobre el dopaje:

  • El Convenio contra el dopaje se firmó, en el seno del Consejo de Europa, el 16 de noviembre de 1989, entrando en vigor el 1 de marzo de 1990. Su objetivo es la reducción y posterior eliminación del dopaje en el deporte. En la actualidad son Partes en este Convenio 52 Estados. España lo firmó ad referéndum el 16 de noviembre de 1989 y lo ratificó el 20 de mayo de 1992, encontrándose en vigor para nuestro país desde el 1 de julio de 1992. El Convenio contiene un Anexo que incluye la lista de las sustancias y de los métodos de dopaje prohibidos. Esta lista se actualiza anualmente por el Grupo de Seguimiento, previsto en el artículo 10 del Convenio, encargado de aprobar la lista de sustancias prohibidas y de realizar revisiones de estas clases farmacológicas de agentes de dopaje prohibidos y de los métodos de dopaje prohibidos por las organizaciones deportivas internacionales competentes

Otros textos

  • Instrumento de ratificación de la Convención Internacional contra el dopaje en el deporte, hecho en París el 18 de noviembre de 2005. La presente Convención entró en vigor de forma general y para España el 1 de febrero de 2007, de conformidad con lo establecido en su artículo 37 (texto completo). 
  • Texto enmendado del Anexo I, Listas de sustancias y métodos prohibidos, de la Convención Internacional contra el dopaje en el deporte, hecha en París el 18 de noviembre de 2005, cuyas Enmiendas fueron aprobadas en París el 15 de noviembre de 2019 (BOE, 15.02.2020). El presente anexo enmendado ha entrado en vigor, de forma general y para España, el 1 de enero de 2020, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 3 del artículo 34 de la Convención Internacional contra el dopaje en el deporte
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