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Orden INT/977/2026, por la que se prorroga el restablecimiento temporal de los controles fronterizos en las fronteras interiores aéreas y marítimas españolas con respecto a los vuelos y enlaces marítimos de pasajeros procedentes de Italia.
Tipo de Legislación:
Estatal
Tipo de Acto:
Ordenes ministeriales
Fecha:
19/09/2026
Comentario:
Orden INT/977/2026, de 16 de septiembre, por la que se prorroga el restablecimiento temporal de los controles fronterizos en las fronteras interiores aéreas y marítimas.
- Artículo 1. Objeto. Se prorroga el restablecimiento temporal de los controles fronterizos en las fronteras interiores aéreas y marítimas españolas respecto a las personas procedentes de la República Italiana, en los términos y condiciones recogidos por la Orden INT/846/2026, de 7 de agosto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación. 1. Esta prórroga surtirá efectos desde las 00:00 horas del día 23 de septiembre de 2026 hasta las 24:00 horas del día 7 de octubre de 2026. 2. La prórroga será objeto de evaluación permanente y quedará sin efecto antes de la fecha prevista cuando desaparezcan las amenazas que motivaron su adopción o cuando puedan ser afrontadas eficazmente mediante medidas menos restrictivas. 3. La finalización del período establecido en el apartado 1 determinará el levantamiento automático de los controles, sin necesidad de resolución expresa. 4. La medida no podrá ser prorrogada automáticamente. Cualquier prolongación deberá acordarse mediante una nueva decisión motivada, previa evaluación actualizada de su necesidad y proporcionalidad y con cumplimiento de los requisitos y procedimientos establecidos en el Código de fronteras Schengen (Texto ompleto: BOE, 19.09.2026).
Normatriva prorrogada:
- Orden INT/846/2026. Sobre el restablecimiento temporal de los controles fronterizos en las fronteras interiores aéreas y marítimas españolas con respecto a los vuelos y enlaces marítimos de pasajeros procedentes de Italia.
- Orden INT/932/2026. Prorroga el restablecimiento temporal de los controles fronterizos en fronteras interiores aéreas y marítimas españolas con respecto a los vuelos y enlaces marítimos de pasajeros procedentes de Italia.






