Reglamento (UE) 2016/1104, sobre competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia de efectos patrimoniales de las uniones registradas.

Tipo de Legislación: Derecho Comunitario
Tipo de Acto: Reglamentos
Fecha: 24/06/2016
Comentario:

 

Reglamento (UE) 2016/1104 del Consejo, de 24 de junio de 2016, por el que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia de efectos patrimoniales de las uniones registradas.

  • Texto completo. (corrección errores: DOUE, 29.04.2017). 
  •  Ámbito espacial. Será aplicable en los Estados miembros que participen en la cooperación reforzada autorizada por la Decisión (UE) 2016/954.
  • Ambito temporal: Entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el DOUE (art. 70.1), con carácter general, será aplicable para los EM a partir del 29 de enero de 2019 (art. 70.2). En virtud de la corrección de errores, con respecto al art. 69.2 y 3 donde decía "las resoluciones dictadas después de esa fecha", ahora dice "las resoluciones dictadas en esa fecha o después de esa fecha" (art. 69.2); y donde decía "hayan especificado la ley aplicable a los efectos patrimoniales de su unión registrada después del 29 de enero de 2019", ahora dice "hayan especificado la ley aplicable a los efectos patrimoniales de su unión registrada el 29 de enero de 2019 o después de esta fecha" (art. 69.3).
  • Ámbito material. Se aplica a los efectos patrimoniales de las uniones registradas (art. 1.1). No es aplicable a las cuestiones fiscales, aduaneras y administrativas. Se excluyen las materias relacionadas que se enumeran el núm. 2: capacidad jurídica de los miembros de la unión registrada; la existencia, validez y reconocimiento de la unión registrada; las obligaciones de alimentos; la sucesión por causa de muerte de uno de los miembros de la unión registrada; la seguridad social; el derecho de transmisión o ajuste entre los miembros de la unión registrada, en caso de disolución o anulación de la misma, de los derechos de pensión de jubilación o de invalidez devengados durante la vigencia de la unión registrada y que no hayan dado lugar a ingresos en forma de pensión durante la vigencia de esta; la naturaleza de los derechos reales sobre un bien; y cualquier inscripción en un registro de derechos sobre bienes muebles o inmuebles, incluidos los requisitos legales para llevarla a cabo, y los efectos de la inscripción o de la omisión de la inscripción de tales derechos en un registro. 
  • Normas de competencia judicial internacional: Capítulo II (arts. 4 a 19); normas de conflicto sobre ley aplicable: Capítulo III (arts. 20-35); Normas sobre reconocimiento de decisiones: Capítulo IV (arts. 36-57); Normas sobre fuerza ejecutiva de los documentos públicos y de las transacciones judiciales: Capítulo V (arts. 58 a 60).

 Otros Reglamentos aprobados el mismo día:

  • Reglamento (UE) 2016/1103. Relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia de regímenes económicos matrimoniales

Antecedentes:  

  • a) Propuesta de Reglamento del Consejo relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia de regímenes económicos matrimoniales; b) Propuesta de Reglamento del Consejo relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia de efectos patrimoniales de las uniones registradas (Orientación general).  
  • RPE 23.06.2016. Propuesta de Reglamento sobre competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia de efectos patrimoniales de las uniones registradas (DOUE, 09.03.2018).

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