Suspensión del Canje de permisos de conducción con Venezuela.

Tipo de Legislación: Relaciones internacionales
Tipo de Acto: Tratados bilaterales
Fecha: 31/03/2021
Comentario:

Flag of Venezuela.svgSuspensión de la aplicación del Canje de Cartas entre el Reino de España y la República Bolivariana de Venezuela constitutivo del Acuerdo sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales, hecho en Caracas el 16 de mayo de 2005.

Noticia relacionada:

  • El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se aprueba la suspensión de la aplicación del Canje de Cartas entre el Reino de España y la República Bolivariana de Venezuela constitutivo del Acuerdo sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales, hecho en Caracas el 16 de mayo de 2005. En agosto de 2017, comenzaron a surgir problemas en la aplicación del Canje de Cartas entre el Reino de España y la República Bolivariana de Venezuela, constitutivo del Acuerdo entre ambos países sobre reconocimiento recíproco y canje de los permisos de conducción nacionales. Las autoridades competentes venezolanas empezaron a expedir un nuevo modelo de permiso de conducción en formato PDF, en sustitución del tradicional permiso en forma de tarjeta plástica, que podía ser descargado e impreso por su titular cuantas veces lo deseara. En este sentido, para solventar la situación de inseguridad jurídica producida por las dificultades para determinar la autenticidad de los permisos de conducir venezolanos, se propuso en dicha nota verbal, a instancias de la DGT, proceder a la suspensión de la aplicación del Canje de Cartas, en virtud del artículo 57.b) de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969 y, en paralelo, negociar una enmienda para establecer una prueba de control de conocimientos común para los solicitantes de canje de las categorías de los permisos de conducción españoles del grupo 1, realizando las correspondientes modificaciones en el Canje de Cartas. Asimismo, se consideró conveniente tratar de llegar con las autoridades venezolanas, a través de la vía diplomática, en la que se concentraron los sucesivos esfuerzos mediante el intercambio de sendas notas verbales, a la convicción mutua de la necesidad de suspender la aplicación del acuerdo. Tras la última tentativa, materializada en la citada nota verbal nº 141/15 de 28 de diciembre de 2021, y una vez agotada la vía diplomática al no haber obtenido resultado alguno hasta la fecha, se consultó a los nuevos titulares -que entretanto habían sido renovados- de las unidades de este ministerio competentes en materia de relaciones exteriores con Venezuela, quienes confirmaron la conveniencia de solicitar la aprobación de dicha suspensión. Moncloa.es (Consejo de Ministros: 05.07.2022).

Normativa que vincula a España con Venezuela:

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Algunos fallos judiciales sobre venezolanos

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