Acuerdo con Tailandia en materia de exención recíproca de visados para titulares de pasaportes de servicio y oficiales.

Tipo de Legislación: Relaciones internacionales
Tipo de Acto: Trabajos preparatorios
Fecha: 20/10/2026
Comentario:

 Acuerdo por el que se autoriza la firma del Acuerdo entre el Reino de España y el Reino de Tailandia en materia de exención recíproca de visados para titulares de pasaportes de servicio y oficiales.

  • El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza la firma del Acuerdo entre el Reino de España y el Reino de Tailandia en materia de exención recíproca de visados para titulares de pasaportes de servicio y oficiales.
  • El Acuerdo bilateral tiene como objetivo reforzar y profundizar las relaciones de amistad y cooperación entre los dos países, y facilitar la libre circulación de los titulares de pasaportes de servicio y oficiales.
  • Este acuerdo tiene como antecedente el Acuerdo entre el Reino de España y el Reino de Tailandia sobre supresión recíproca de visados en pasaportes diplomáticos, de 7 de octubre de 2010, que entró en vigor el 31 de mayo de 2011.
  • Tras el inicio de conversaciones para ampliar el objeto del tratado, en 2025 se profundizó en las negociaciones entre el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y las autoridades competentes del Reino de Tailandia para lograr la firma de un acuerdo bilateral en materia exención recíproca de visados para titulares de pasaportes de servicio y oficiales.
  • A principios del mes de septiembre de 2026, Tailandia confirmó la aceptación definitiva del texto propuesto por España mediante la Nota Verbal de 9 de septiembre de 2026.

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