Acuerdo entre España y Uzbekistán sobre transporte internacional por carretera.

Tipo de Legislación: Relaciones internacionales
Tipo de Acto: Tratados bilaterales
Fecha: 14/11/2017
Comentario:

Flag of Uzbekistan.svgAcuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República de Uzbekistán sobre transporte internacional por carretera, hecho en Madrid el 14 de noviembre de 2017.

  • El Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República de Uzbekistán tiene por finalidad establecer los criterios sobre el transporte internacional por carretera entre ambos países que permitirán el desarrollo del comercio y las relaciones económicas.
  • El Acuerdo recoge, entre otros aspectos, el régimen de autorizaciones y exenciones de autorización; la obligatoriedad de la documentación que deberán llevar los vehículos; los distintivos, placas, masas y dimensiones que deben respetar los vehículos que realizan los transportes; las obligaciones relativas al cumplimiento de las legislaciones nacionales por parte de los operadores de transporte y las consecuencias del incumplimiento de los términos del Acuerdo; así como determinadas exenciones de carácter fiscal.
  • El presente Acuerdo entrará en vigor el 23 de agosto de 2018, treinta días a partir de la recepción de la última nota diplomática por la que las Partes Contratantes se notificaron el cumplimiento de los procedimientos internos necesarios, según se establece en su artículo 18 (Texto completo).

Trabajos previos a su ratificación:

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Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León