Declaración de aceptación por España de la adhesión de Vietnam al Convenio sobre la obtención de pruebas en el extranjero en materia civil o mercantil.

Tipo de Legislación: Organizaciones Internacionales
Tipo de Acto: Tratados multilaterales
Fecha: 26/01/2022
Comentario:

Flag of Vietnam.svgDeclaración de aceptación por España de la adhesión de la República Socialista de Vietnam al Convenio sobre la obtención de pruebas en el extranjero en materia civil o mercantil, hecho en La Haya el 18 de marzo de 1970.

  • El presente Convenio entrará en vigor entre España y la República Socialista de Vietnam el 13 de marzo de 2022, de conformidad con lo dispuesto en el último párrafo de su artículo 39 (BOE, 26,01.2022: texto completo).
  • Antecedentes:  El Convenio sobre la obtención de pruebas en el extranjero en materia civil o mercantil (en adelante el Convenio), hecho en La Haya el 18 de marzo de 1970, fue firmado por España el 21 de octubre de 1976 y ratificado el 22 de mayo de 1987, entrando en vigor para nuestro país el 21 de julio de 1987.El propósito esencial que persigue este Convenio es facilitar la práctica de pruebas en el extranjero en materia civil o mercantil, mediante una ordenación de las comisiones rogatorias y la ejecución de otras actuaciones judiciales, ampliando las facultades de los representantes diplomáticos y consulares. Este Convenio, además, facilita el funcionamiento de la Administración de Justicia respecto a los procedimientos civiles o mercantiles en que sea necesario practicar pruebas en el extranjero relativos a ciudadanos españoles o para que, recíprocamente, se practiquen en España pruebas acordadas por Tribunales extranjeros con relación a ciudadanos de los Estados Parte del Convenio.El Artículo 39 del Convenio establece que todo Estado no representado en la Undécima Sesión de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado que fuere Miembro de la Conferencia, o de las Naciones Unidas o de un Organismo especializado de las Naciones Unidas, o que fuere Parte en el Estatuto del Tribunal Internacional de Justicia, podrá adherirse al Convenio después de su entrada en vigor general.Sin embargo, la adhesión sólo surtirá efecto en las relaciones entre el Estado adherido y los Estados contratantes que hubieren declarado aceptar dicha adhesión. Esta Declaración debe ser depositada en el Ministerio de Asuntos Exteriores de los Países Bajos. Asimismo, el Convenio determina que entrará en vigor entre el Estado que se adhiere y el Estado que haya declarado aceptar la adhesión, a los sesenta días del depósito de la declaración de aceptación.
  • La República Socialista de Vietnam presentó su adhesión a este Convenio el día 4 de marzo de 2020 y con esa misma fecha designó como Autoridad Central al Ministerio de Justicia y formuló las siguientes reserva y declaraciones: Excluye, en su totalidad, la aplicación de las disposiciones del párrafo 2 del Artículo 4 y del Capítulo II del Convenio. Declara que la comisión rogatoria deberá estar redactada en vietnamita o ir acompañada de una traducción a esa lengua.  Declara que no ejecutará las comisiones rogatorias que tengan por objeto el procedimiento conocido en los países de common law con el nombre de pre-trial discovery of documents, salvo que se cumpla la totalidad de las siguientes condiciones:  que se haya iniciado el procedimiento judicial ante el tribunal competente;  que en la comisión rogatoria se especifiquen la fecha y el objeto de los documentos que hayan de obtenerse, así como la información pertinente y los hechos que demuestren la relación directa entre la información requerida y el procedimiento en curso; y  que los documentos estén relacionados con la persona requerida o se encuentren en posesión o bajo el control de dicha persona. Hasta la fecha, han aceptado la adhesión de Vietnam los siguientes Estados: Andorra, Argentina, Brasil, Bulgaria, China, Colombia, Finlandia, Eslovaquia, Luxemburgo, Países Bajos, Portugal, República Checa, República de Corea, Suecia y Ucrania.
  • Contenido: El texto de la la Declaración de aceptación por España de la adhesión de la República Socialista de Vietnam es el siguiente: «De acuerdo con lo previsto en el Artículo 39, párrafo 4º del Convenio sobre la obtención de pruebas en el extranjero en materia civil o mercantil, hecho en La Haya el 18 de marzo de 1970, España declara aceptar la adhesión de la República de Vietnam al citado Convenio.»
  • Por su parte, el Consejo de Estado en su dictamen de 13 de mayo de 2021, determinó que la declaración de aceptación por parte de España de la adhesión de la República de Vietnam al Convenio sobre a la obtención de pruebas en el extranjero en materia civil o mercantil.

Noticia relacionada:

Tramitación parlamentaria:

  • Autorización: artículo 94.1 de la Constitución para su ratificación: DOCG: 26.07.2021.

Algunas declaraciones de España a las adhesiones de otros países:

Textos que obligan a España con Vietnam:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León