Veinte Estados miembros confirman la creación de una Fiscalía Europea.

Fecha: 12/10/2017
Comentario:

Veinte Estados miembros confirman la creación de una Fiscalía Europea.

  • El 12 de octubre, el Reglamento por el que se crea la Fiscalía Europea (FE) ha sido adoptado por los Estados miembros que forman parte de la cooperación reforzada para la creación de la FE. La Fiscalía Europea se ocupará de investigar, procesar y llevar ante la justicia a los autores de delitos contra los intereses financieros de la Unión. Aunará los desempeños europeos y nacionales destinados a hacer cumplir la ley para combatir el fraude en la UE.
  • «La creación de la Fiscalía Europea es un paso importante para la cooperación judicial europea y contribuirá a proteger el dinero de nuestros contribuyentes. Aunque los delincuentes actúen de forma transfronteriza, ahora podremos estar seguros de que serán juzgados y de que se recuperará el dinero de los contribuyentes». Urmas Reinsalu, ministro de Justicia de Estonia.
  • La oficina central de la Fiscalía Europea tendrá su sede en Luxemburgo. La Comisión, a partir de una propuesta del Fiscal General Europeo, una vez que se haya creado la Fiscalía Europea, fijará la fecha en que la Fiscalía Europea asumirá las funciones de investigación y procesamiento. Dicha fecha no será anterior a tres años después de la entrada en vigor del Reglamento.
  • Hasta el momento, veinte Estados miembros se han sumado a la cooperación reforzada: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Portugal, República Checa y Rumanía. Comunicado de prensa sobre la Fiscalía Europea, 8 de junio de 2017.

Fuente: Consejo Europeo.eu.

Normativa aprobada en la UE:

  • Reglamento (UE) 2017/1939. Establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea. 
  • Decisión (UE) 2018/1094. Confirma la participación de los Países Bajos en la cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea.
  • Decisión (UE) 2018/1103. Confirma la participación de Malta en la cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea.
  • Decisión (UE) 2018/1696. Normas de funcionamiento del comité de selección previsto en el artículo 14, apartado 3, del Reglamento (UE) 2017/1939 por el que se establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea. 
  • Decisión (UE) 2019/598. Relativa a las normas transitorias para el nombramiento de Fiscales Europeos para el primer período de su mandato y durante el mismo, tras la entrada en vigor del Reglamento 2017/1939. 
  • Decisión 2019/1798. Nombra a la Fiscal General Europea de la Fiscalía Europea.
  • Decisión 2020/1117. Nombra a los fiscales europeos de la Fiscalía Europea.
  • Reglamento interno de la Fiscalía Europea adoptado mediante Decisión 3/2020 de 12 de octubre de 2020 del Colegio de la Fiscalía Europea (EPPO) y modificado y ampliado mediante Decisión 85/2021 de 11 de agosto de 2021 y Decisión 26/2022 de 29 de junio de 2022 del Colegio de la Fiscalía Europea.
  • Decisión (UE) 2024/807. Confirma la participación de Polonia en la cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea. 

Normativa española relacionada:

  • RD 37/2019. Crea la Comisión de selección y se regula el procedimiento para la designación de la terna de candidatos a Fiscal Europeo y candidatos a Fiscal Europeo Delegado en España. 

Bibliografia:

Noticia relacionada:

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