Creación del Consulado General de España en Chengdú.

Fecha: 08/09/2020
Comentario:

Notas Verbales entre el Reino de España y la República Popular China por el que se establece el Consulado de España en Chengdu, hecho en Pekín el 28 de febrero y el 24 de abril de 2020.

  • La creciente actividad entre la República Popular China y el Reino de España está dando lugar a un considerable incremento en el número de españoles que visitan China o residen en su territorio, y de ciudadanos chinos que viajan a España o se instalan en nuestro país. China es ya el primer emisor de turistas del planeta, con unos 140 millones de viajeros anuales, mientras que España es el segundo destino turístico del mundo, con casi 82 millones de visitantes al año. De ellos, alrededor de 700.000 son chinos. La demanda sigue aumentando, por lo que resulta necesario ampliar la red consular de España en la República Popular de China, hoy circunscrita a Pekín, Cantón, Shanghái y Hong Kong.
  • Por ello, las autoridades españolas y chinas llegaron a un entendimiento en cuanto al contenido del Canje de Notas sobre la creación del Consulado General de España en Chengdú.
  • La apertura de este Consulado permitirá no solo responder a la creciente demanda de visados por razones de turismo y evitar la posible pérdida que -para el sector turístico español- podría suponer la desviación de viajeros hacia otros países que tramitan visados con más agilidad, sino que facilitará que los Consulados en Pekín y Cantón respondiesen con mayor rapidez a la demanda en el resto de sus demarcaciones actuales.
  • Las limitaciones actuales de la red consular de España en China y las posibilidades de atraer hacia España el creciente turismo chino que visita Europa, hace imprescindible, por razones geográficas y de eficiencia, poder operar desde las pujantes ciudades del interior de China, distantes entre 2.000 y 3.000 kilómetros de Pekín.
  • El Consulado atenderá a una población total de 400 millones de habitantes y permitirá que se reduzcan los tiempos de tramitación de las solicitudes de visado.
  • El Intercambio de Notas Verbales entre el Reino de España y la República Popular China por el que se establece el Consulado de España en Chengdu, hecho en Pekín el 28 de febrero y 24 de abril de 2020, entró en vigor el 10 de octubre de 2020, tras notificarse ambas Partes por vías diplomáticas el cumplimiento de los trámites constitucionales para la entrada en vigor del presente acuerdo, de conformidad con lo establecido en su penúltimo párrafo (Texto completo). Se completa así la inserción efectuada en el «Boletín Oficial del Estado» número 128, de 8 de mayo de 2020. 

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