Aplicación de las condiciones laborales del Estado de acogida a los trabajadores temporalmente desplazados.

Autor: Noelia Fernández Avello
Ciudad: Madrid
Editorial: La Ley
Fecha: 25/02/2021
Comentario

 

Noelia Fernández Avello.: “Aplicación de las condiciones laborales del Estado de acogida a los trabajadores temporalmente desplazados y Reglamento Roma I”, Diario La Ley Unión Europea, núm. 89, de día 26 de febrero de 2021.

  • Resumen: En los asuntos de Hungría y Polonia c. el Parlamento y el Consejo, el TJUE ha desestimado los motivos de impugnación esgrimidos en sus respectivos recursos por estos dos Estados miembros contra la Directiva (UE) 2018/957, que reformó la Directiva 96/71/CE sobre desplazamiento temporal de trabajadores, al entenderla plenamente acorde con el Derecho de la UE. El TJUE se ha pronunciado en ambas Sentencias respecto a la compatibilidad de la nueva categoría de desplazamiento de larga duración con el Reglamento Roma I, lo que implica examinar también sus posibles efectos sobre la determinación de la ley aplicable al contrato de trabajo. Asimismo, también es objeto de estos asuntos la aplicación de la Directiva 96/71/CE, ahora modificada, al sector del transporte internacional por carretera, lo que conduce a una reflexión sobre su aplicación a los trabajadores de otros sectores del transporte internacional. 

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  • Alberto J. Tapia Hermida.: “El nuevo marco europeo para la reestructuración empresarial ante la megacrisis del Covid-19: la Directiva (UE) 2019/11203 sobre reestructuración e insolvencia”. Resumen: Este estudio analiza el nuevo marco europeo para la reestructuración empresarial ante la megacrisis del Covid 19 establecido por la Directiva (UE) 2019/11203 sobre reestructuración e insolvencia exponiendo, en su primera parte, su contexto y su utilidad como mecanismo para facilitar la ejecución del instrumento de recuperación de la unión europea tras la crisis de la Covid-19 («Next Generation EU»). En su segunda parte, se analiza la estructura del nuevo marco de las reestructuraciones empresariales europeas como un trípode de sistemas: su primer vértice está constituido por el sistema de los marcos de reestructuración, integrado por los subsistemas de alerta temprana, de reestructuración preventiva, de suspensión de las ejecuciones singulares, de reestructuración no preventiva y de protección de la financiación del deudor. El segundo vértice consiste en el sistema de exoneración de deudas e inhabilitaciones y el tercer vértice en el sistema de medidas para aumentar la efi ciencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas. La tercera parte del estudio examina el funcionamiento del nuevo marco de las reestructuraciones empresariales ofreciendo una síntesis en forma de decálogo de principios de especialidad subjetiva y objetiva, de efectividad, de flexibilidad, de economicidad, de viabilidad, de velocidad, de continuidad, de equilibrio, de transparencia y de supervisión pública. 

FuenteDiario La Ley Unión Europea,  núm. 89, día 25 de febrero de 2021 (Índice completo).

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