Conclusiones presentadas el 23 de diciembre de 2015. Reglamento Bruselas I: naturaleza contractual o delictual de demanda indemnización por ruptura de la relación comercial.

Tipo: Conclusiones
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Competencia judicial internacional
Fecha: 23/12/2015
Número de recurso: C‑196/15
Comentario:

Conclusiones presentadas el 23 de diciembre de 2015. Abogado General Sra. Juliane Kokott. Asunto C‑196/15. Granarolo SpA (Granarolo). Petición de decisión prejudicial planteada por la Cour d’appel de París (Francia). Competencia judicial en materia civil y mercantil. Reglamento (CE) núm. 44/2001. Competencias especiales. Artículo 5, puntos 1 y 3. Ruptura repentina de una relación comercial. Naturaleza jurídica contractual o delictual del correspondiente recurso de indemnización. Reglamento Bruselas I: naturaleza contractual o delictual de demanda indemnización por ruptura de la relación comercial.

La Abogado General propone al Tribunal que conteste las cuestiones planteadas en el siguiente sentido:

  • "Una demanda de indemnización por ruptura de relaciones comerciales estables, sin contrato marco ni cláusula de exclusividad, versa sobre materia delictual o cuasidelictual y, por tanto, queda comprendida en el artículo 5, punto 3, del Reglamento (CE) núm. 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil". 

Procedimiento

Otras decisiones adoptadas en el TJUE el mismo día:

  • STJUE 23.12.2015. Reglamento Bruselas I y concepto de actividad comercial o profesional “dirigida al” Estado Miembro del domicilio del consumidor.
  • Conclusiones 23.12.2015. Período en el que el reagrupante debe mantener recursos suficientes en caso de reagrupación familiar.
Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León