STJUE (Sala Segunda) de 7 de julio de 2016. Validez cláusula sumisión incluida en unas condiciones generales de la entidad contratante.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Competencia judicial internacional
Fecha: 07/07/2016
Número de recurso: C‑222/15
Comentario:

STJUE (Sala Segunda) de 7 de julio de 2016. Asunto C‑222/15. Hőszig kft contra Alstom Power Thermal Services (Hőszig). Procedimiento prejudicial. Cláusula atributiva de competencia. Cooperación judicial en materia civil. Competencia judicial y ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil. Reglamento (CE) núm. 44/2001. Artículo 23. Cláusula incluida en unas condiciones generales. Consentimiento de las partes a dichas condiciones. Validez y precisión de una cláusula de este tipo. Validez cláusula sumisión incluida en unas condiciones generales de la entidad contratante.

Fallo del Tribunal:

  • "El artículo 23, apartado 1, del Reglamento (CE) núm. 44/2001, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, debe interpretarse en el sentido de que una cláusula atributiva de competencia, como la controvertida en el litigio principal, que, por un lado, viene estipulada en las condiciones generales de contratación de la entidad contratante, mencionadas en los instrumentos en los que constan los contratos entre las partes y transmitidas cuando se concluyeron, y que, por otro lado, designa como tribunales competentes a los de una ciudad de un Estado miembro, cumple los requisitos de la citada disposición relativos al consentimiento de las partes y a la precisión del contenido de dicha cláusula".

Procedimiento:

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