Sentencia de la Audiencia Nacional (Sala 3ª. Sección 3ª) de 3 de diciembre de 2015. Concede nacionalidad española a pesar de tener antecedente penal no cancelado, por su dilatada trayectoria vital en España.

Tipo: Sentencia
Localización: Audiencia Nacional
Materia: Adquisición de la nacionalidad
Fecha: 03/12/2015
Número de recurso: 1299/2014
Ponente: Dña. Isabel García García-Blanco
Sentencia: 954/2015
Fuente: Cendo
Comentario:

Sentencia de la Audiencia Nacional (Sala 3ª. Sección 3ª) de 3 de diciembre de 2015. Concede nacionalidad española a pesar de tener antecedente penal no cancelado, por su dilatada trayectoria vital en España.

  • "(...) Compartiendo el criterio expuesto por la Administración en su resolución de reposición, lo cierto es que la existencia de una condena no puede constituirse en un obstáculo insalvable aunque nunca existiría infracción del principio "non bis in idem" ya que no estamos en presencia de un procedimiento sancionador, y de ahí la relevancia de valorar otros datos además de la existencia de la condena en si mismo considerada que es a lo que se limita la Administración y en el caso de autos vemos es un incidente único dentro de una dilatada residencia legal, alejado de la solicitud, con escasa entidad dadas las penas impuestas, extinto en sus consecuencias penales antes de solicitar, y sin que exista reiteración de tal comportamiento. Así la trayectoria vital del actor aparece como totalmente normalizada, antes y después del incidente único y alejado descrito y no es de olvidar el arraigo personal, laboral y social del actor en nuestro país y por ello ha de considerase desvirtuado el único motivo de denegación invocado por la Administración en la resolución impugnada, procediendo la estimación del recurso".

Fuente: Cendoj. 

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