Sentencia del Tribunal Superior de Murcia (Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección 1ª) de 22 de junio de 2015. Revoca expulsión preferente y acuerda que se inste a darle al extranjero plazo para la salida voluntaria del territorio.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunales Superiores de Justicia
Materia: Expedientes sancionadores (retorno, devolución, multa o expulsión)
Fecha: 22/06/2015
Número de recurso: 30/2015
Ponente: D. José María Pérez-Crespo Paya
Sentencia: 415/2015
Comentario:

Sentencia del Tribunal Superior de Murcia (Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección 1ª) de 22 de junio de 2015. Revoca expulsión preferente y acuerda que se inste a darle al extranjero plazo para la salida voluntaria del territorio

Fallo

  • "Estimar parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la representación de D. Luis Francisco contra la sentencia número 143/14 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo numero cinco de esta ciudad dictado en el Procedimiento abreviado número 116/14, que estima parcialmente el recurso interpuesto contra la resolución de la Delegación de Gobierno de fecha la Delegación de Gobierno en Murcia de trece de enero del dos mil catorce dictada en el expediente número nº NUM000 por la que se desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra aquella que acordaba la expulsión del territorio nacional y la prohibición de entrada por tiempo de cuatro años, rebajando esta a dos años, la cual se revocamos, acordando, en su lugar, anular la referida resolución, por no ser conforme a derecho y, acordando que por la Administración se requiera al extranjero para que retorne a su país de origen de forma voluntaria en el plazo establecido reglamentariamente (entre siete y treinta días), sin perjuicio de que, en el caso de que no lo lleve a cabo, tome las medidas necesarias para proceder a su expulsión, imponiendo entonces la prohibición de entrada y, sin hacer imposición sobre las costas causadas en esta instancia.
  • Notifíquese la presente sentencia, que es firme al no darse contra ella recurso ordinario alguno".

Fuente: Poder Judicial.es.

Otras decisiones del mismo TSJ en 2015:

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