STS (Sala 3ª. Sección 3ª) de 10 de diciembre de 2015. Reconoce el derecho de asilo de ciudadana siria por temor fundado de persecución política en su país.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunal Supremo
Materia: Asilo
Fecha: 10/12/2015
Número de recurso: 1699/2015
Ponente: D. José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat
Fuente: Cendoj
Comentario:

STS (Sala 3ª. Sección 3ª) de 10 de diciembre de 2015. Derecho de asilo. Resolución del Ministro del Interior por la que se deniega el derecho de asilo a una ciudadana siria. Convención de Ginebra, sobre el estatuto de los refugiados de 28 de julio de 1951. Directiva 2004/83/CE, del Consejo, de 29 de abril de 2004, por la que se establecen norma mínimas relativas a los requisitos para el reconocimiento y el estatuto de nacionales de terceros países o apátridas como refugiados o personas que necesitan otro tipo de protección internacional y al contenido de la protección concedida. Artículo 3 de la Ley12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria. Concesión del estatuto de refugiado. Artículo 13.4CE. Doctrina constitucional: STC 53/2002, de 27 de febrero. 

Fuente: Poder Judicial.es.

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