Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 15ª) de 6 de marzo de 2017. Responsabilidad del porteador marítimo por la pérdida de la documentación administrativa en un transporte internacional marítimo.

Tipo: Sentencia
Localización: Audiencias Provinciales
Materia: Transportistas
Fecha: 06/03/2017
Número de recurso: 561/2015
Ponente: D. José María Fernández Seijo
Sentencia: 86/2017
Comentario:

Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 15ª) de 6 de marzo de 2017. Responsabilidad del porteador marítimo por la pérdida de la documentación administrativa en un transporte internacional marítimo.


Fundamentos de Derecho
:

  • “...la norma general establece una limitación de responsabilidad y, excepcionalmente, se puede superar esta limitación si se constata el comportamiento doloso del porteador o, cuando menos, con dolo eventual. Esta regla traslada a quien reclama la prueba de la concurrencia de esta circunstancia especial”.
  • En el supuesto de autos “no hay prueba directa de que el porteador hubiera actuado a sabiendas, es decir, no se le puede imputar que hubiera perdido u olvidado esa documentación de la administración sanitaria, imprescindible para poder superar los trámites aduaneros. Tampoco hay prueba directa o indirecta que permita considerar acreditado que el porteador era consciente de la trascendencia de ese documento, es decir, si la ausencia de ese documento determinaba que no pudieran superarse los trámites aduaneros en España, o si dicha falta de documentación no pudiera haber sido de algún modo solventada al llegar al puerto de destino”.
  • “las Reglas de La Haya-Visby se proponen regular la responsabilidad del porteador marítimo por la pérdida o daños en las mercancías sobre la base de la responsabilidad por culpa, que gira en torno a las obligaciones que el porteador asume en el contrato de transporte y a una relación de causas de exoneración que deben invocarse y probarse, situando la carga de la prueba en el porteador, quien tendrá que probar alguna de tales causas de exoneración (art. 8 LTM y 4.2 de las Reglas de La Haya-Visby). Conforme al art. 4.2º del Convenio (art. 8, párrafo 2º LTM), que establece las causas de exoneración, el porteador no será responsable de la pérdida o daño que resulte (entre otras causas) de un acto u omisión del cargador (apartado i), de cualquier pérdida o daño resultante de vicio oculto, naturaleza especial o vicio propio de la mercancía (m), de los vicios ocultos que escapan a una diligencia razonable (p) o de cualquier causa que no proceda de hecho o falta del porteador o sus empleados, pero la carga de la prueba incumbirá al porteador (q). Por su parte, el art. 6 LTM, establece que el porteador será civilmente responsable de todas las pérdidas, averías o daños sufridos por las mercancías (…) salvo los casos de exoneración de que tratan los artículos octavo y noveno. Se trata de un principio general de responsabilidad por culpa del porteador por incumplimiento de sus obligaciones contractuales y las de su personal auxiliar, asumidas cuando se conviene el transporte en régimen de conocimiento de embarque, y que pueden tener su fuente en el marco legal imperativo o en el contractual”.

Fuente: Poder Judicial.es. Roj: SAP B 646/2017 - ECLI: ES:APB:2017:646.

Otras decisiones recientes de Audiencias Provinciales:

  • SAP Lérida 25.11.2016: La cosa juzgada de sentencia extranjera divorcio no impide revisar cuantía de pensión alimentos.
  • SAPr Ceuta 12.01.2017. Ordena la reapertura de las diligencias por la tragedia del Tarajal.
  • AAPr Palmas de Gran Canaria 17.01.2017. Confirma el internamiento en expediente de devolución. Carece de virtualidad las alegaciones que los centros de internamientos vulneran los derechos humanos de los internados/as.
  • SAPr Valencia 23.01.2017. Eventual matrimonio simulado: se procede a la inscripción.
  • AAPr Barcelona 26.01.2017. Competencia de los tribunales españoles al no acreditarse ningún documento o contrato firmado que incluya cláusula de sumisión expresa a los tribunales austriacos.
  • SAPr Bizkaia 26.01.2017. Expulsión del territorio nacional a un ciudadano de Guinea acusado de tráfico de drogas. 
  • SAPr Ciudad Real 26.01.2017. Compraventa internacional de mercaderías entre una empresa española y otra argelina.
  • AAPr Madrid 30.01.2017. Competencia judicial internacional de los tribunales españoles de un accidente ocurrido en Portugal.
  • SAPr Bilbao 09.02.2017. Validez del matrimonio contraído con arreglo a la ley cubana en Santiago de Cuba,
  • SAPr Zaragoza 13.02.2017. Expulsión de italiano por delito contra la salud pública. Sustitución de privación de libertad por expulsión.
Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León