STS (Sala 3ª. Sección 6ª) de 15 de junio de 2015. Naturalización por residencia: denegación por estar vinculado al movimiento islámico Justicia y Caridad.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunal Supremo
Materia: Adquisición de la nacionalidad
Fecha: 15/06/2015
Número de recurso: 3553/2013
Ponente: D. Juan Carlos Trillo Alonso
Sentencia: 860/2015
Fuente: Cendoj
Comentario:

STS (Sala 3ª. Sección 6ª) de 15 de junio de 2015. Naturalización por residencia. Suficiente integración en la sociedad española. El recurrente, ciudadano marroquí,  está vinculado al movimiento islámico Justicia y Caridad, asociación que persigue la instauración en Marruecos de un régimen regido por la ley islámica. Denegación.

  •  La resolución afirma que la integración social no deriva exclusivamente del nivel de conocimiento del idioma sino de "la armonización del régimen de vida del solicitante con los principios y valores sociales".  El Supremo considera que tanto la decisión de Justicia como la resolución de la Audiencia Nacional fueron razonables y no aprecia arbitrariedad.
  • NO HA LUGAR al recurso de casación interpuesto por la representación procesal de don Cirilo contra sentencia de fecha 7 de octubre de 2013, dictada en el recurso contencioso administrativo núm. 416/12 por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, Sección Tercera; con imposición de las costas a la parte recurrente en los términos establecidos en el fundamento de derecho quinto de la presente resolución.

Noticia relacionada:

  • El Supremo deniega la nacionalidad a un marroquí por su ideología radical. Madrid Europa Press.es

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Bibliografía:

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