Acuerdo entre España y Egipto en materia de seguridad y lucha contra la delicuencia.

Tipo de Legislación: Relaciones internacionales
Tipo de Acto: Tratados bilaterales
Fecha: 30/04/2015
Comentario:

 Egipto Convenio de Cooperación entre el Reino de España y la República Árabe de Egipto República Árabe de Egipto en materia de seguridad y lucha contra la delincuencia, hecho «ad referendum» en Madrid el 30 de abril de 2015.

  • Entrada en vigor. Este Convenio  entrará en vigor el 31 de agosto de 2017, último día del mes siguiente al de la última comunicación por vía diplomática entre las Partes señalando el cumplimiento de los respectivos requisitos legales internos, según se establece en su artículo 10  (BOE, 19.07.2017).
  • Este Convenio establece un marco genérico de cooperación entre España y Egipto en materia de lucha contra la delincuencia, especialmente delincuencia organizada. Tiene como finalidad desarrollar y reforzar la cooperación policial entre ambos países, así como prevenir y poner freno al terrorismo mediante la colaboración mutua.
  • La colaboración entre ambos Estados en esta materia se prestará con respeto a las respectivas legislaciones nacionales y a los compromisos internacionales de ambos, sobre la base de los principios de igualdad, reciprocidad y asistencia mutua.
  • El presente Convenio se aplica provisionalmente desde el 24 de febrero de 2017, fecha en que España comunicó a Egipto el cumplimento de los requisitos legales necesarios para dicha aplicación (BOE, 06.03.2017).

 

Antecedentes:

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