Resolución del Parlamento Europeo, de 6 de febrero 2014, sobre la eliminación de la mutilación femenina.

Tipo de Legislación: Derecho Comunitario
Tipo de Acto: Resoluciones
Fecha: 06/02/2014
Comentario:

Resolución del Parlamento Europeo, de 6 de febrero de 2014, sobre la Comunicación de la Comisión titulada «Hacia la eliminación de la mutilación genital femenina» (2014/2511(RSP))

  • 1. Acoge con satisfacción la Comunicación de la Comisión titulada «Hacia la eliminación de la mutilación genital femenina», en la que se compromete a utilizar fondos de la UE para impedir la mutilación genital femenina y reforzar la ayuda a las víctimas, incluida la protección de las mujeres en situación de riesgo en el marco de las disposiciones de la UE en materia de asilo, y, junto al Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE), reforzar el diálogo internacional y fomentar la investigación con vistas a identificar claramente las mujeres y las niñas en situación de riesgo;
  • 2. Acoge con satisfacción el compromiso de la Comisión en materia de facilitación del intercambio de experiencias y buenas prácticas en temas relacionados con la mutilación genital femenina entre los Estados Miembros, ONG y expertos, y hace hincapié en la necesidad de continuar asociando estrechamente a la sociedad civil, incluida la de los terceros países, no sólo en relación con las campañas de sensibilización sino, también, en lo que se refiere al desarrollo de material educativo y de capacitación;
  • 3. Señala que las instituciones internacionales, europeas y de los Estados miembros desempeñan un papel de primer orden en la prevención de la mutilación genital femenina, la protección de las mujeres y niñas y la identificación de las víctimas, así como en lo que se refiere a la adopción de medidas para prohibir la violencia de género, incluida la mutilación genital femenina, y acoge con satisfacción el compromiso de la UE de seguir adoptando medidas para promover el abandono de la mutilación genital femenina en los países donde se practica;
  • 4. Reitera su llamamiento a la Comisión para que presente, en el plazo más breve posible, una propuesta de acto legislativo de la UE relativo a la adopción de medidas de prevención contra todas las formas de violencia contra las mujeres (incluida la mutilación genital femenina) y, tal y como se indica en el Programa de Estocolmo, la adopción de una estrategia global de la UE en la materia que incluya, además, planes de acción conjunta estructurados para poner fin a la mutilación genital femenina en la UE;
  • 5. Pone de relieve la necesidad de que la Comisión y el SEAE adopten una posición firme con respecto a los terceros países que no condenan la mutilación genital femenina;
  • 6. Solicita a la Comisión que adopte un enfoque armonizado para la recopilación de datos sobre la mutilación genital femenina y pide que el Instituto Europeo de la Igualdad de Género asocie a demógrafos y estadísticos en la elaboración de una metodología común, así como que estos elaboren indicadores, de conformidad con la Comunicación, con el fin de garantizar la viabilidad de la comparación entre los distintos Estados miembros;
  • 7. Reitera su llamamiento a los Estados miembros para que se sirvan de los mecanismos existentes, en particular de la Directiva 2012/29/UE, incluida la formación de profesionales para proteger a las mujeres y niñas, y persigan juzguen y sancionen a cualquier residente que haya cometido el delito de la mutilación genital femenina, incluso si el delito fue cometido fuera de las fronteras del Estado miembro de que se trate, y pide, por tanto, la inclusión del principio de extraterritorialidad en las disposiciones de Derecho penal de todos los Estados miembros a fin de que este delito sea sancionable en la misma medida en todos los 28 Estados miembros;
  • 8. Pide a la UE ya los Estados miembros que todavía no han ratificado el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres (Convenio de Estambul) que lo hagan en el plazo más breve posible de modo que el compromiso de la UE cumpla las normas internacionales que promueven la adopción de un enfoque global e integrado en relación con la violencia contra las mujeres y la mutilación genital femenina;
  • 9. Pide a la Comisión que designe el año 2016 como «Año Europeo para Poner Fin a la Violencia contra las Mujeres y las Niñas»;
  • 10. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Consejo de Europa, al Secretario General de las Naciones Unidas y a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.

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