Comunidad Autónoma de Cataluña.

Tipo de Legislación: Autonómica
Tipo de Acto: Otros textos
Fecha: 01/01/2010
Comentario:

Flag of Catalonia.svg Comunidad Autónoma de Cataluña.

Ciudadanía e Inmigración:

Immigración: 

Publicaciones:

Algunas disposiciones normativas catalanas:

  • Ley 15/2009. Mediación en el ámbito del derecho privado.
  • Ley 16/2009Centros de culto.
  • Ley 24/2009Síndic de Greuges.
  • Ley 10/2010. De acogida de las personas inmigradas
  • Ley 19/2010Impuesto sobre sucesiones y donaciones.
  • Ley 21/2010Acceso a la asistencia sanitaria de cobertura pública a cargo del Servicio Catalán de la Salud.
  • Ley 25/2010Libro segundo del Código civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia: texto consolidado.
  • Ley 26/2010Régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.
  • Decreto 421/2011.
  • Ley 14/2017Renta garantizada de ciudadanía, modificada por la Ley 1/2020
  • Ley 5/2020. Medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente. Sección vigésima primera. Modificación del título XXVI del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña. Artículo 82. Modificación de la tasa por la tramitación de las autorizaciones de trabajo para extranjeros. 1. Se modifica el apartado 1 del artículo 26.2-3 de la Ley de tasas y precios públicos, que queda redactado del siguiente modo: «1. Están exentos de esta tasa, previa justificación documental de su situación, los sujetos pasivos si la concesión de autorización de trabajo es para un período igual o inferior a seis meses.» 2. Se añade un apartado, el 3, al artículo 26.2-3 de la Ley de tasas y precios públicos, con el siguiente texto: «3. Están exentas de esta tasa las autorizaciones solicitadas para personas menores de edad no acompañadas sobre las que un servicio de protección de menores tenga la tutela legal, la custodia, la protección provisional o la guarda.» 3. Se añade un apartado, el 4, al artículo 26.2-3 de la Ley de tasas y precios públicos, con el siguiente texto: «4. Están exentas de esta tasa las autorizaciones para personas que en el año fiscal anterior a la solicitud no hayan tenido ingresos superiores a 30.000 euros» (…). Medidas administrativas en materia de política sanitaria. Artículo 158. Modificación de la Ley 9/2017 (Universalización de la asistencia sanitaria con cargo a fondos públicos mediante el Servicio Catalán de la Salud). Se añade una disposición adicional, la octava, a la Ley 9/2017, de 27 de junio, de universalización de la asistencia sanitaria con cargo a fondos públicos mediante el Servicio Catalán de la Salud, con el siguiente texto: «Disposición adicional octava. Trasplantes. Los requisitos y el período mínimo para que las personas extranjeras incluidas en el artículo 2.2 puedan acceder a la lista de espera de trasplantes se rige por la normativa específica de trasplantes» (…). Artículo 163. Modificación de la Ley 2/2014 con relación a la habilitación a las administraciones públicas competentes en materia de servicios sociales en lo relativo al acceso de datos de carácter personal. 1. Se modifica el apartado 1.1 de la disposición adicional séptima de la Ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público, que queda redactado del siguiente modo: «1.1 Se habilita a las administraciones públicas competentes en materia de protección social para que puedan comprobar, de oficio y sin previo consentimiento de las personas interesadas, los datos declarados por los solicitantes de las prestaciones cuya competencia tengan atribuida legal o reglamentariamente y, en su caso, los datos identificativos, la residencia y el parentesco, la situación de discapacidad o dependencia, el patrimonio y los ingresos de los miembros de la unidad económica de convivencia, con el fin de comprobar si se cumplen en todo momento las condiciones necesarias para la percepción de las prestaciones y en la cuantía reconocida, con el objetivo de atender a las personas de forma integral, y abordando coordinadamente sus necesidades sociales». 2. Se modifica el apartado 1.2 de la disposición adicional séptima de la Ley 2/2014, que queda redactado del siguiente modo: «1.2 A efectos de lo establecido por el apartado 1.1, se entiende por unidad económica de convivencia la formada por la persona beneficiaria con su cónyuge o pareja de hecho y los familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que conviven con ellos en el mismo domicilio. (…). Disposición final tercera. Entrada en vigor. La presente Ley entra en vigor al día siguiente de su publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya», sin perjuicio de las fechas específicas de entrada en vigor que fijan determinados preceptos del articulado de la ley con relación a algunas de las modificaciones legislativas que contiene (Publicada en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» número 8124, de 30 de abril de 2020).
  • Ley 9/2020. De modificación del libro segundo del Código civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia, y de la Ley 15/2009, de mediación en el ámbito del derecho privado.
  • Ley 14/2020. De modificación del libro segundo del Código civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia. Art. 236-8,d), la asistencia y atención psicológicas de menores cuyo progenitor haya sido víctima de violencia no requieren una decisión conjunta en el ejercicio de la potestad parental.
  • Decreto-ley 19/2021. Adapta el Código Civil de Cataluña a la reforma del procedimiento de modificación judicial de la capacidad (BOE, 5-XI-2021). Mediante esta disposición se modifica el capítulo VI (arts. 226-1 a 226-8) del título II del libro segundo, relativo a la persona y la familia, del Código civil de Cataluña (Ley 25/2010).
  • Decreto-ley 26/2021. Modificación de del libro segundo del Código civil de Cataluña en relación con la violencia vicaria (BOE, 21-I-2022). Mediante esta disposición se modifican los artículos 233-11, 236-5 y 236-8 del libro segundo del Código Civil de Cataluña (Ley 25/2010).
  • Ley 9/2022. De la ciencia (Cataluña). El Título VIII, artículos 84 a 87 regula la internacionalización y la acción exterior en investigación, desarrollo e innovación (BOE, 7-I-2023).

Más información:

Tribunal Superior de Justicia de Cataluña:

  • STSJ Cataluña 24.11.2020. Concede TRFU: nacional de tercer país de 22 años que vive a cargo de su progenitor de nacionalidad española.

Juzgados:

  • SJCA Barcelona 02.12.2020. Concede residencia familiar de ciudadano UE a un ghanés, descendiente de ciudadano que obtuvo la nacionalidad española, y del que depende económicamente.

 

Jursiprudencia:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León