Acuerdo con Arabia Saudí para exención recíproca de visados para titulares de pasaportes diplomáticos, especiales y de servicio.

Tipo de Legislación: Relaciones internacionales
Tipo de Acto: Trabajos preparatorios
Fecha: 12/05/2026
Comentario:

 Acuerdo con Arabia Saudí para exención recíproca de visados para titulares de pasaportes diplomáticos, especiales y de servicio.

  • El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza la firma del Acuerdo entre el Reino de España y el Reino de Arabia Saudí   sobre exención recíproca de visados para titulares de pasaportes diplomáticos, especiales y de servicio.
  • Este acuerdo tiene como objetivo reforzar y profundizar las relaciones de amistad y cooperación entre los dos países, y facilitar la libre circulación de los titulares de pasaportes diplomáticos, especiales y de servicio. En marzo de 2026 se ha alcanzado un acuerdo sobre el texto del tratado internacional.
  • La posibilidad de adoptar acuerdos de supresión de visados de pasaportes diplomáticos está contemplada en el Reglamento (UE) 2018/1806, de 14 de noviembre de 2018, que, además de determinar los países terceros cuyos nacionales deben estar provistos de visados al cruzar las fronteras exteriores de los Estados Miembros de la Unión Europea, permite a éstos establecer excepciones a la obligación de visados para los nacionales de países terceros cuando sean titulares de pasaportes diplomáticos, pasaportes de servicio u oficiales, o pasaportes especiales.

Fuente: © Moncloa. Consejo de Ministros 12.05.2026.

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Normativa UE-Arabia Saudí:

  • Decisión 2010/50. Exigencia de visado para titulares de pasaportes diplomaticos de Arabia Saudí.
Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León