STJUE (Sala Cuarta) de 9 de junio de 2016. El sistema español de compensación equitativa por copia privada es contrario al Derecho de la UE.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Otros
Fecha: 09/06/2016
Número de recurso: C‑470/14
Comentario:

STJUE (Sala Cuarta) de 9 de junio de 2016. Asunto C‑470/14.Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales (EGEDA), Derechos de Autor de Medios Audiovisuales (DAMA), Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos (VEGAP) y Administración del Estado, Asociación Multisectorial de Empresas de la Electrónica, las Tecnologías de la Información y la Comunicación, de las Telecomunicaciones y de los Contenidos Digitales (Ametic) (EGEDA y otros). Procedimiento prejudicial. Propiedad intelectual e industrial. Derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor. Directiva 2001/29/CE. Artículo 5, apartado 2, letra b). Derecho de reproducción. Excepciones y limitaciones. Copia privada. Compensación equitativa. Financiación a cargo de los presupuestos generales del Estado. Procedencia. Requisitos. El sistema español de compensación equitativa por copia privada es contrario al Derecho de la UE

En virtud de todo lo expuesto, el Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) declara:

  • “El artículo 5, apartado 2, letra b), de la Directiva 2001/29/CE  del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información, debe interpretarse en el sentido de que se opone a un sistema de compensación equitativa por copia privada que, como el controvertido en el litigio principal, está sufragado con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, sin que resulte por ello posible asegurar que el coste de dicha compensación equitativa sea soportado por los usuarios de copias privadas”.

Procedimiento:

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