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Criterio de Gestión DGGM 2/2026. Autorización de residencia para investigación nacional y su aplicación a las personas extranjeras que cursen estudios de doctorado.
Tipo de Legislación:
Estatal
Tipo de Acto:
Otros textos
Fecha:
07/08/2026
Comentario:
Criterio de Gestión 2/2026 de la Dirección General de Gestión Migratoria, relativo a la autorización de residencia para investigación nacional y su aplicación a las personas extranjeras que cursen estudios de doctorado.
- Desde la Dirección General de Gestión Migratoria firmado por el Director General D. Santiago Antonio Yerga Cobos el día 7 de agosto de 2026, se procede a publicar el Criterio de Gestión, relativo a la autorización de residencia para investigación nacional y su aplicación a las personas extranjeras que cursen estudios de doctorado.
- A partir de este criterio, estos casos pasan a tramitarse mediante una autorización de residencia para investigación (art. 72 Ley 14/2013), en lugar de una autorización de estancia por estudios.
- Este cambio puede afectar tanto al procedimiento como a los requisitos y a la forma de presentar la solicitud.
- Naturaleza del doctorado: Se define el doctorado (Nivel 4 MECES / Nivel 8 EQF) como una actividad de carácter investigador.
- Fin de la vía de estancia: Se aparta la tramitación tradicional por la vía general de estancia por estudios superiores para estos casos específicos.
- Ámbito de aplicación: Afecta tanto a quienes soliciten venir a España desde el extranjero como a quienes ya residen legalmente en el país bajo otra autorización y desean iniciar un doctorado.
- Tramitación y Competencia:
- Órgano competente: La tramitación se concentra en la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE).
- Legitimación para solicitar: El propio estudiante extranjero de forma directa.La universidad o institución de educación superior correspondiente (Texto completo).
Otros criterios de la DGGM sobre el RD 1155/2024:
- Criterio de gestión 1/2025 de la DGGM. Modificaciones de las autorizaciones de estancia y residencia y prórrogas de las residencias por arraigo.
- Criterio de gestión 2/2025 de la DGGM. Cambios de contrato o persona empleadora en las autorizaciones de residencia temporal por razones de arraigo sociolaboral.
- Criterios de Gestión 3/2025 de la DGGM. Autorizaciones de residencia para menores en el proceso de adopción internacional.
- Criterios de Gestión 4/2025 de la DGGM. Cómputo del tiempo en situación irregular de las personas solicitantes de protección internacional para solicitar arraigo.
- Criterio de gestión 5/2025 de la DGGM. No exigibilidad del certificado médico en la autorización de estancia de larga duración o de residencia cuando la persona extranjera se halle en España.
- Criterio de gestión 6/2025 de la DGGM. Silencio positivo tarjeta residencia permanente Tarjeta Familiar UE.
- Criterio de gestión 7/2025 de la DGGM. Fecha de eficacia de la autorización de residencia del menor extranjero no acompañado.
- Criterio de gestión 8-2025 de la DGGM. Estancia de larga duración (programa de movilidad de alumnos).
- Criterio de Gestión 9/2025 de la DGGM. Relativo a la determinación de la vigencia de la primera autorización de residencia de familiares reagrupados en supuestos de reagrupante con residencia de larga duración o larga duración-UE en España.
- Criterio de Gestión 10/2025 de la DGGM. Relativo a la acreditación de no haber sido becados o subvencionados, por parte de quienes sean titulares de una autorización por estudios, actividades de investigación o formación o prácticas no laborales.
- Criterio de Gestión 1/2026 de la DGGM. Relativo a la interpretación del artículo 128. 3 del RD 1155/2024, respecto de las personas que pueden acogerse a la autorización excepcional por enfermedad sobrevenida grave, cuando la persona afectada por la enfermedad es un menor, tras la sentencia del Tribunal Supremo núm. 942/2025, de 10 de julio de 2025, R. 1963/2023.
- Criterio interpretativo de la DGGM. Relativo a la vigencia de la habilitación provisional prevista en las disposiciones adicionales vigésima y vigesimoprimera del Reglamento de la LOEx.
Otros criterios de la DGM interpretando RD 316/2026:






