Acuerdo entre España y Kazajstán sobre supresión recíproca de visados en pasaportes diplomáticos.

Tipo de Legislación: Relaciones internacionales
Tipo de Acto: Tratados bilaterales
Fecha: 30/10/2009
Comentario:

KazajstánAcuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República de Kazajstán sobre supresión recíproca de visados en pasaportes diplomáticos, hecho en Madrid el 30 de octubre de 2009. 

  •  Entró en vigor el 31 de agosto de 2010, último día del mes siguiente a la recepción de la última comunicación por vía diplomática entre las Partes, señalando el cumplimiento de los respectivos requisitos legales internos, según se establece en su artículo 10.2.  En todo caso, este Convenio se aplicó de forma provisional desde el 29 de noviembre de 2009, 30 días después de la fecha de su firma.
  • Texto completo (pdf).

Más información  

España ha ratificado convenios de la misma materia con los siguientes países:

Análisis doctrinal, sobre acuerdos similares:

Otros acuerdos que obligan a UE o a España con el mismo país:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León