Convenio entre España y las Repúblicas Socialistas Soviéticas para evitar la doble imposición sobre la renta y el patrimonio.

Tipo de Legislación: Relaciones internacionales
Tipo de Acto: Tratados bilaterales
Fecha: 01/03/1985
Comentario:

Flag of the Soviet Union.svgInstrumento de ratificación del Convenio entre el Gobierno de España y el Gobierno de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas para evitar la doble imposición sobre la renta y el patrimonio, hecho en Madrid el 1 de marzo de 1985.

  • El presente convenio entró en vigor el día 7 de agosto de 1986, fecha en que se realizo el intercambio de los instrumentos de ratificación, según se señala en su artíiculo 22.2. El presente Convenio actualmente sólo se aplica a Kirguizistán, Tadzhikistán y Ucrania (Texto completo).

Ha dejado de aplicarse entre los siguientes Estados

  • Denuncia por parte de Turkmenistán del Convenio entre el Gobierno de España y el Gobierno de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas para evitar la doble imposición sobre la renta y el patrimonio (BOE, 10.08.2021). Por Nota Verbal número 05/333 de 9 de febrero de 1999 el Ministerio de Asuntos Exteriores de Turkmenistán informaba de la denuncia del Convenio entre el Gobierno de España y el Gobierno de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas para evitar la doble imposición sobre la renta y el patrimonio, hecho en Madrid el 1 de marzo de 1985 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 22 de septiembre de 1986, indicando que perdería su vigencia el 1 de enero del año 2000. Turkmenistán había aceptado el principio de continuidad en materia de tratados considerándolo vigente en su territorio una vez disuelta la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas. Por lo tanto y de conformidad con el artículo 23 del Convenio, que señala que cualquiera de las partes podrá denunciarlo con un preaviso mínimo de seis meses de antelación, el citado Convenio dejó de tener efectos jurídicos el 1 de enero del año 2000. Madrid, 5 de agosto de 2021. Trabajos parlamentarios previos a la denuncia: Petición de autorización a las Cortes Generales (BOCG: 26.07.2021). 

Datos a retener:

  • No se aplica en las relaciones entre España y Rusia. Sustituido por el Convenio entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la Federación Rusa para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y Protocolo, hecho en Madrid el 16 de diciembre de 1998.  Este Convenio entró en vigor el 13 de junio de 2000, fecha de la última de las notificaciones relativas al cumplimiento de los procedimientos legales internos, según se establece en su artículo 28. 
    Tambien ha dejado de ser aplicable: 
  • Canje de Notas Verbales entre el Reino de España y la República de Armenia relativo a la no aplicación en las relaciones entre los dos países del convenio para evitar la doble imposición entre España y la URSS, firmado en Madrid el 1 de marzo de 1985, hecho en Madrid el 6 de junio de 2006 y 10 de octubre de 2007.
  • Canje de Notas Verbales entre el Reino de España y la República de Azerbaiyán relativo a la no aplicación en las relaciones entre los dos países del convenio para evitar la doble imposición entre España y la URSS, firmado en Madrid el 1 de marzo de 1985, hecho en Madrid el 21 y 28 de enero de 2008.
  • Canje de Notas Verbales entre el Reino de España y la República de Georgia relativo a la no aplicación en las relaciones entre los dos países del convenio para evitar la doble imposición entre España y la URSS, firmado en Madrid el 1 de marzo de 1985, hecho en Madrid el 24 de enero y 10 de octubre de 2007. 
  • Canje de Notas Verbales entre el Reino de España y la República de Kazajstán relativo a la no aplicación en las relaciones entre los dos países del convenio para evitar la doble imposición entre España y la URSS, firmado en Madrid el 1 de marzo de 1985, hecho en Madrid el 3 junio y 8 de julio de 2008.
  • Canje de Notas Verbales entre el Reino de España y la República de Moldavia relativo a la no aplicación en las relaciones entre los dos países del convenio para evitar la doble imposición entre España y la URSS, firmado en Madrid el 1 de marzo de 1985, hecho en Madrid el 16 de noviembre de 2006 y 1 de octubre de 2007.
  • Nota Verbal número 05/333 de 9 de febrero de 1999 el Ministerio de Asuntos Exteriores de Turkmenistán informaba de la denuncia del Convenio entre el Gobierno de España y el Gobierno de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas para evitar la doble imposición sobre la renta y el patrimonio, hecho en Madrid el 1 de marzo de 1985. El citado Convenio dejó de tener efectos jurídicos el 1 de enero del año 2000.
  • Canje de Notas Verbales entre el Reino de España y la República de Uzbekistán relativo a la no aplicación en las relaciones entre los dos países del convenio para evitar la doble imposición entre España y la URSS, firmado en Madrid el 1 de marzo de 1985, hecho en Madrid el 7 de junio y 21 de julio de 2010.

Otros Convenios ratificados por España en materia fiscal:

 

Normativa relacionada:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León