Reconocimiento y canje de los permisos de conducción con Georgia.

Tipo de Legislación: Relaciones internacionales
Tipo de Acto: Tratados bilaterales
Fecha: 05/04/2024
Comentario:

Flag of GeorgiaAcuerdo entre el Reino de España y Georgia sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales, hecho en Madrid el 5 de abril de 2024.

  • El presente Acuerdo entrará en vigor el 29 de septiembre de 2024, a los sesenta (60) días de la fecha de recepción de la última notificación por las que las Partes se comuniquen, por la vía diplomática, el cumplimiento de sus requisitos internos necesarios, según se establece en su artículo 16.
  • La redacción final del texto del Acuerdo quedó establecida en mayo de 2023, finalizando en febrero de 2024 el desarrollo del protocolo técnico de intercambio de información automatizado, previsto en el Anexo II del Acuerdo para la comprobación de la autenticidad de los permisos de conducción.
  • El acuerdo está dirigido a los nacionales de ambos países titulares de un permiso de conducción en vigor expedido por las autoridades competentes de su país y con residencia legal en el territorio de la otra Parte. El acuerdo se ajusta a las disposiciones de la Convención sobre Circulación por Carretera y Señales de Tráfico, adoptada en Viena el 8 de noviembre de 1968.
  • El acuerdo fue autorizado por el Consejo de Ministros en su reunión del 26 de marzo de 2024, y firmado en Madrid, el 5 de abril de 2024 por el ministro del Interior español y por el ministro del Interior georgiano (Texto completo: BOE, 02.09.2024).

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