Acuerdo Administrativo para la aplicación del Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República del Paraguay.

Tipo de Legislación: Relaciones internacionales
Tipo de Acto: Tratados bilaterales
Fecha: 15/09/2016
Comentario:

Acuerdo Administrativo para la aplicación del Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República del Paraguay, hecho en Madrid el 15 de septiembre de 2016.

  • El Acuerdo Administrativo es obligatorio desde el 1 de diciembre de 2016, para la buena marcha del  Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República de Paraguay, hecho en Asunción el 24 de junio de 1998.  Dicho texto está en vigor desde el 1 de marzo de 2006 y el pasado 15 de septiembre tuvo lugar en Madrid la firma del Acuerdo Administrativo para la aplicación del citado Convenio de Seguridad Social.
  • Este Acuerdo Administrativo entre las autoridades competentes en materia de seguridad social de ambos países constituye un instrumento práctico de carácter imprescindible para la adecuada aplicación del Convenio de Seguridad Social.
  • En cuanto a su contenido, establece el procedimiento para aplicar las disposiciones del Convenio de Seguridad Social, determinando los organismos de enlace e instituciones competentes para cada país; las disposiciones sobre legislación aplicable y las relativas a la solicitud y trámite de las prestaciones de incapacidad temporal, maternidad, invalidez, vejez, muerte y supervivencia, prestaciones familiares y prestaciones económicas por accidente de trabajo o enfermedad profesional. Asimismo, establece disposiciones sobre el pago de prestaciones y el control y cooperación administrativa. La prestación de asistencia sanitaria no está dentro del campo de aplicación material del Convenio de Seguridad Social (Texto completo). 

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