STJUE (Gran Sala) de 21 de junio de 2016. No se puede obligar a redactar facturas transfronterizas en un idioma oficial bajo sanción de nulidad.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Otros
Fecha: 21/06/2016
Número de recurso: C‑15/15
Comentario:

STJUE (Gran Sala) de 21 de junio de 2016. Asunto C‑15/15. New Valmar BVBA y Global Pharmacies Partner Health Srl (New Valmar). Procedimiento prejudicial. Libre circulación de mercancías. Prohibición de medidas de efecto equivalente a restricciones cuantitativas a la exportación. Artículo 35 TFUE. Sociedad establecida en la región de lengua neerlandesa del Reino de Bélgica. Normativa que obliga a redactar las facturas en lengua neerlandesa so pena de nulidad absoluta. Contrato de concesión de carácter transfronterizo. Restricción. Justificación. Proporcionalidad. No se puede obligar a redactar facturas transfronterizas en un idioma oficial bajo sanción de nulidad.

Fallo del Tribunal:

  • "El artículo 35 TFUE debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa de una entidad federada de un Estado miembro, como la Comunidad flamenca del Reino de Bélgica, que obliga a las empresas que tengan su centro de explotación en el territorio de esa entidad a redactar todas las menciones que figuren en las facturas relativas a transacciones transfronterizas únicamente en la lengua oficial de dicha entidad, so pena de que el juez declare de oficio la nulidad de esas facturas".

Procedimiento:

Comentario:

Otras decisiones dictadas el mismo día por el mismo tribunal:

  • ATJUE (Sala Décima) de 21 de junio de 2016. Asunto C-122/14. Petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 5 de Cartagena (Murcia). AktivKapital Portfolio AS, Oslo, sucursal en Zúrich, anteriormente AktivKapital Portfolio Investments AG/Ángel Luis Egea Torregrosa. Procedimiento prejudicial. Directiva 93/13/CEE. Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores. Proceso monitorio. Procedimiento de ejecución. Competencia del juez nacional de la ejecución para apreciar de oficio la nulidad de una cláusula abusiva. Principio de efectividad. Principio de fuerza de cosa juzgada. Fallo: “La Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa nacional, como la controvertida en el litigio principal, que no permite al juez que conoce de la ejecución de un auto de conclusión de un proceso monitorio, aun cuando disponga de todos los elementos de hecho y de Derecho necesarios al efecto, examinar de oficio el carácter abusivo de una cláusula incluida en el contrato celebrado entre un profesional y un consumidor que haya dado lugar a ese auto cuando, por falta de oposición del consumidor en el proceso monitorio, el juez que haya dictado el auto no estuviera facultado para proceder a ese examen”.

STJUE dictadas durante el mes de junio de 2016:

  • STJUE 01.06.2016. Obligación de incluir en la ODE información relativa a la existencia de una orden de detención. 
  • STJUE 02.06.2016. Un EM no está obligado a reconocer apellido con elementos nobiliarios adquirido en otro EM.
  • STJUE 02.06.2016. Libre movimiento de capitales y tributación a tanto alzado de fondos de pensiones residentes.
  • STJUE 07.06.2016. No cabe pena de prisión por entrada irregular nacional de tercer país cuando no ha finalizado el período de retorno.
  • STJUE 07.06.2016. Presentación solicitud de asilo en un EM y expedición de títulos de residencia o de visados.
  • STJUE 07.06.2016. Solicitud asilo, ausencia del territorio de los EEMM durante al menos 3 meses y Estado responsable. 
  • STJUE 09.06.2016. Procedimiento reconocimiento en un EM de resolución penal de otro EM e inscripción. Registro de antecedentes penales.
  • STJUE 09.06.2016. El sistema español de compensación equitativa por copia privada es contrario al Derecho de la UE.
  • STJUE 14.06.2016. RU puede puede exigir a los nacionales de otros EM residencia como requisito para recibir prestaciones sociales.
  • STJUE 16.06.2016. Solamente es crédito no impugnado aquél que el Reglamento de título ejecutivo europeo define como tal.
  • STJUE 16.06.2016. Art. 5.3 del Reglamento 44/2001 y lugar del hecho dañoso en caso de negligencia del abogado en la redacción de un contrato.
  • STJUE 22.06.2016. Precio del billete: cálculo del reembolso que corresponde al pasajero.
  • STJUE 22.06.2016.  El licenciatario puede ejercer acción infracción modelo comunitario aunque la licencia no esté inscrita.

Conclusiones publicadas durante el mes de junio de 2016:

  • Conclusiones 02.06.2016. Libre circulación de trabajadores y requisitos concesión de ayuda económica a los estudios superiores.
  • Conclusiones 02.06.2016. Ley aplicable acción cesación y cláusulas abusivas de un contrato. Reglamento Roma I y Roma II. 
  • Conclusiones 02.06.2016. Obligación de incluir en la ODE información relativa a la existencia de una orden de detención.
  • Conclusiones 09.06.2016. Efectos de la lex concursus sobre crédito fiscal no incluido en el procedimiento y ejecutado en otro EM.
  • Conclusiones 09.06.2016. Efectos de la lex concursus sobre crédito fiscal no incluido en el procedimiento y ejecutado en otro EM.
  • Conclusiones 16.06.2016. Art. 15 Reglamento 2201/03 (Bruselas-2): remisión del litigio a otro tribunal mejor situado para conocer del asunto.
  • Conclusiones 16.06.2016. Libros electrónicos. Bibliotecas públicas. Contenido del derecho de alquiler y préstamo de libros electrónicos en bibliotecas públicas.
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